Conferencia Episcopal de Costa Rica. Declaración de la Comisión de Bioética sobre el caso Beatriz en estudio de la CIDH

22 de marzo de 2023
Por Lisandra Chaves Leiva - Conferencia Episcopal de Costa Rica

Los días 22 y 23 de este mes, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), celebra las audiencias públicas en el caso Beatriz y otros vs El Salvador, en nuestro país. En este caso, se alegan supuestas violaciones a los derechos de Beatriz y su familia debido a la prohibición absoluta del aborto en El Salvador.

Por lo anterior, y en virtud del impacto que pueda tener para el ordenamiento jurídico costarricense lo que la Corte IDH pueda resolver en este caso, desde la Comisión de Bioética de la Conferencia Episcopal, nos permitimos hacer la presente declaración:

El concepto de dignidad de la persona humana debe ser siempre la clave interpretativa de los derechos humanos. Todas las afirmaciones, principios y derechos que se mencionan en los diversos instrumentos internacionales han sido redactados, y deben ser siempre interpretados, a la luz de la dignidad propia de la mujer y del varón.

Leemos en el preámbulo primero de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la necesidad de reconocer “… la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana”, mientras que en sus artículos 1, 2 y 7 se protege el Derecho a la Igualdad y a la no Discriminación de todo ser humano.

Aunado a lo indicado, en el preámbulo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) o Pacto de San José de Costa Rica, se indica que “los derechos esenciales del hombre no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado, sino que tienen como fundamento los atributos de la persona humana”, mientras que se reconoce en su artículo 11 el Derecho a la Honra y la Dignidad y en el numeral 24 el Derecho a la Igualdad.

En este mismo sentido, podemos indicar que la Constitución Política de Costa Rica establece en su artículo 33 “Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria a la dignidad humana.”

Como cristianos sabemos que el ser humano es el único ser que vale por sí mismo y no en razón de ninguna otra circunstancia, dado que ha sido creado a “imagen y semejanza de Dios” (Gen 1,27) y, en consecuencia, ha sido dotado de valor absoluto: “Esta semejanza demuestra que el hombre, única criatura terrestre a la que Dios ha amado por sí mismo” (Cfr. Gaudium et spes sobre la Iglesia en el mundo actual, 24).

El ser humano nunca es algo, siempre es alguien. Nunca es un medio, ni un instrumento ni algo manipulable. Los diversos instrumentos internacionales de derechos humanos así lo indican expresamente, por ejemplo, en el párrafo 2 del artículo 1 de la CADH, se dispone “persona es todo ser humano”, luego se añade en el artículo 3: “Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica”.

Sabemos que, lo primero que reclama la personalidad jurídica de todo ser humano, es el derecho a la vida, por ser éste el primero y más fundamental de los derechos humanos, dado que sin vida no se pueden ejercer ningún otro derecho.

En cuanto al derecho a la vida, está protegido expresamente en el artículo 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, artículo 4 CADH y 21 de la Constitución Política costarricense.

En consecuencia, manifestamos:
  • Que, desde el primer momento de su existencia, por la misma fecundación, el ser humano se encuentra dotado de la especial dignidad que le es propia como persona y goza de los derechos que le corresponden conforme a la etapa de su desarrollo (Cfr. Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae sobre el respeto de la vida humana naciente y la dignidad de la procreación, 22-2-87, I, 1.);
  • Que, desde el comienzo de su existencia, el ser humano en gestación es persona y tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica, con todas las consecuencias propias de dicho reconocimiento, incluido el derecho a la vida, a la integridad física y al respeto de su dignidad humana, derechos que la Corte IDH está llamada a proteger.

Pedimos la intercesión de nuestra Madre María, Reina de los Ángeles y Patrona de Costa Rica, a quien le confiamos la defensa del derecho a la vida en nuestro país.

San José, a los 22 días del mes de marzo del año del Señor 2023.

Mons. Bartolomé Buigues Oller T.C.
Presidente de CONABIET

P. Hernán Federico Chaves R.
Secretario ejecutivo CONABIET

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